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Título: 27 DE JUNIO DE 2023
Responsable(s): ARMENDÁRIZ LALAMA, PAULINA FERNANDA
Tema: ALCANCE RESOLUCIÓN RHCU. SO.27 No. 195-2023
Fecha de Aprobación: 27-jun-2023
Resumen: Como alcance a la resolución RHCU. SO.27 No. 195-2023, adoptada por el H. Consejo Universitario en la sesión ordinaria de 27 de junio de 2023 y una vez que el Honorable Consejo Universitario, aprobó el acta de la antes mencionada sesión la resolución queda detallada: 1. ACOGER la recomendación de la Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios, constante en el informe presentado por la mencionada Comisión y que está anexa al oficio No. 080-CEAD, de fecha 20 de junio de 2023, en el que señala la responsabilidad administrativa del señor docente DIEGO JAVIER AGUINAGA AILLÓN, pues se ha destruido el principio de inocencia constitucionalmente reconocido, probándose la materialidad de la infracción, su participación y por tanto la adecuación de su conducta a la falta disciplinaria establecida en el literal b), Art. 111.- “Causas de destitución del personal académico” del “Reglamento de Carrera y Escalafón del Personal Académico del Sistema de Educación Superior”, que señala: “Abandonar injustificadamente el trabajo por tres o más días laborables consecutivos” 2. SANCIONAR al señor docente DR. DIEGO JAVIER AGUINAGA AILLÓN, con cédula de ciudadanía No. 1707837389, Docente de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Central del Ecuador, por haberse destruido su principio de inocencia, y haberse probado la materialidad de la infracción, su participación y por tanto su responsabilidad en el cometimiento de la falta disciplinaria investigada que en el presente caso es: “Abandonar injustificadamente el trabajo por tres o más días laborales consecutivos”, incumpliendo las disposiciones de la autoridad competente emanadas del máximo órgano de la Universidad Central, de la Facultad a la que pertenece, y del señor Rector quien le dispuso incluso reintegrarse a clases presenciales como ultimátum el 10 de marzo de 2023 hecho que no ha sucedido en esta causa. 3. IMPONER como sanción a esta falta la SEPARACIÓN DEFINITIVA, esto es con sujeción al principio de proporcionalidad, analizando el contexto de la falta cometida, el acervo documental y la producción de la prueba en la audiencia.
Descripción Orden del día: 1. Aprobación de las actas de la sesión ordinaria de 13 de junio de 2023; y, sesión extraordinaria de 20 de junio de 2023; 2. Informes de la Comisión Académica; 3. Informes de la Comisión Económica; 4. Informes de la Comisión Jurídica; 5. Conocimiento del sumario administrativo No. 14-D-2023-ABS; 6. Comunicaciones; y, 7. Varios
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